martes, 25 de noviembre de 2008

INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD (Parte II)

2. Modalidad de contrato Temporal de Fomento del Empleo

Ley 43/2006, de 29 de Diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.


2.1. Incentivos
  • 291,66 euros/mes (3.500 euros/año) de la cuota empresarial la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, con un máximo del 100% de la base de cotización. A tiempo completo o parcial (en proporción a la jornada).

  • Dicha cuantía se aumenta a 4.100 euros anuales (341,66 euros/mes) para personas con un grado de discapacidad del 33% que tengan parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual, y para las personas con discapacidad física y sensorial con más de un 65% de la misma.

  • Si el trabajador tiene en el momento de la contratación 45 o más años, o si se trata de una mujer, la bonificación que corresponda de acuerdo con los párrafos anteriores se incrementará, en ambos supuestos, en 50 euros/ mes (600 euros/año), siendo tales incrementos compatibles entre sí. Es decir, los 3.500 ó 4.100 euros anuales se incrementan en 1.200 euros anuales (100 euros/mes) hasta un total de 4.700 ó 5.300 euros anuales.

  • Cuando el Contrato Temporal de Fomento del Empleo sea a tiempo parcial, las bonificaciones previstas se aplicarán en las siguientes proporciones:
  1. 100% cuando la jornada laboral sea igual o superior a las 3/4 partes de la jornada habitual o a tiempo completo.
  2. 75% cuando sea igual o superior a la mitad de la jornada habitual o a tiempo completo e inferior a las 3/4 partes de dicha jornada.
  3. 50% cuando sea igual o superior a la cuarta parte de la jornada habitual o a tiempo completo e inferior a la mitad de dicha jornada.
  4. 25% cuando la jornada laboral sea inferior al 25% de la jornada habitual o a tiempo completo.
  • Subvención de 901,52 euros por adaptación de puesto de trabajo.
  • Este tipo de contrato podrá transformarse en indefinido gozando de los incentivos para este tipo de contratación.

2.2. Duración del contrato

  • De 12 meses a 3 años, a tiempo completo o a tiempo parcial.
  • Cuando se concierten por un plazo inferior al máximo establecido podrán prorrogarse antes de su terminación por periodos no inferiores a 12 meses.

3. Contrato para la Formación

Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

3.1. Incentivos

  • Reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
  • Si el contrato formativo se transforma en indefinido gozará de una bonificación de 41,67 euros/mes (500 euros/año) durante 4 años.

3.2. Duración del contrato/retribución

  • De 6 meses a 2 años a tiempo completo (salvo que el convenio colectivo de ámbito sectorial fije otras duraciones distintas que en ningún caso no podrá exceder de 4 años).
  • Retribución: La fijada en Convenio. No inferior al SMI en función del trabajo efectivo. Trabajador menor de 18 años no inferior al 85% del SMI.

4. Contrato en prácticas

Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

4.1. Incentivos

  • Reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

4.2. Duración del contrato/retribución

  • De 6 meses a 2 años a tiempo completo (salvo que el convenio colectivo de ámbito sectorial fije otras duraciones distintas que en ningún caso no podrá exceder de 4 años).
  • Retribución: Fijada en Convenio. En su defecto no inferior al 60% o 75% del salario de convenio (1º o 2º año de vigencia del contrato). En ningún caso inferior al SMI.

martes, 4 de noviembre de 2008

INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD (Parte I)

MODALIDAD DE CONTRATO

1. Contrato Indefinido Ordinario
Bonificaciones y subvenciones: Ley 43/2006, de 29 de Diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo (a partir del capítulo 1).

1.1. Incentivos
  • Bonificaciones de 375 euros/mes (4.500 euros/año) de la cuota empresarial a la Seguridad Social por trabajador contratado o por transformación de contrato de fomento de empleo de persona con discapacidad o de contrato formativo, durante toda la vigencia del contrato, con un máximo del 100% de la base de cotización. A tiempo completo o parcial (en proporción a la jornada).
  • Dicha cuantía se aumenta a 5.100 euros anuales (425 euros/mes) para las personas con discapacidad con un grado de la misma del 33 % que tengan paralisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual, y para las personas con discapacidad física y sensorial con más del 65 % de la misma.
  • Los 4.500 ó 5.100 euros anuales se incrementan en otros 1.200 euros anuales (100 euros/mes) para personas mayores de 45 años (hasta un total de 5.700 o 6.300 euros/año).
  • Los 4.500 o 5.100 euros anuales se incrementan en otros 850 euros anuales (70,83 euros/mes) para las mujeres (hasta un total de 5.350 ó 5.950 euros/año).
  • Los dos últimos incrementos son incompatibles, es decir, una mujer mayor de 45 años sólo disfruta del incremento de 45 años (el mayor).
  • Cuando el contrato indefinido o la transformación de temporal a indefinido sea a tiempo parcial las bonificaciones previstas se aplicarán en las siguientes proporciones:
  1. 100% cuando la jornada laboral sea igual o superior a las 3/4 partes de la jornada habitual o a tiempo completo.
  2. 75% cuando sea igual o superior a la mitad de la jornada habitual o a tiempo completo.
  3. 50% cuando sea igual o superior a la cuarta parte de la jornada habitual o a tiempo completo e inferior a la mitad de dicha jornada.
  4. 25% cuando la jornada laboral sea inferior al 25% de la jornada habitual o a tiempo completo.
  • Bonificación de 266,67 euros/mes (3.200 euros/año) por contratación de trabajador con discapacidad con especiales dificultades, procedentes de un enclave laboral, durante toda la vigencia del contrato, con un máximo del 100% de la base de cotización. A tiempo completo o parcial (en proporción a la jornada).
  • Subvención de 3.907 euros (el primer año) al comienzo del contrato. Se modulará para los contratos indefinidos a tiempo parcial en función de la jornada.
  • Hasta 6.000 euros de deducción en el Impuesto de Sociedades, por una sola vez (el primer año), por persona/año de incremento promedio de la plantilla de trabajadores discapacitados, contratados por tiempo indefinido, respecto a la plantilla media de trabajadores discapacitados del ejercicio inmediatemante anterior con dicho tipo de contrato.
  • Subvención de 901,52 euros por adaptación de puesto de trabajo.

1.2. Duración del contrato

  • Indefinido, a tiempo completo o parcial.
  • Obligación de mantener la estabilidad en el empleo al trabajador con discapacidad contratado durante al menos tres años (salvo cese voluntario). Si hay despido, debe ser sustituido por otro trabajador con discapacidad, beneficiándose sólo de la bonificación de la cuota de Seguridad Social.