viernes, 6 de marzo de 2009

El pasado mes de febrero, se inauguró un nuevo Centro Ocupacional en Vega de San Mateo. La Escuela Taller "Rotulación e Impresión Digital" tuvo la oportunidad de participar en la decoración de dicho centro. El trabajo realizado por los/as alumnos/as trabajadores/as ha sido muy satisfactorio y motivante para ellos/as, ya que han tenido que salir de la escuela taller para aplicar las distintas unidades de productos. A continuación le presentamos parte del trabajo realizado en este Centro Ocupacional.

Por otro lado, el día 25 de febrero, los/as alumnos/as trabajadores/as de la Escuela Taller participaron en un taller de estampación que se desarrolló en la Sala de Exposiciones La Caldereta de Vega de San Mateo. Este taller estaba relacionado con la exposición de Isidoro Valcárcel Medina, denominada "Topología hermenéutica", a la que también asistieron a través de una visita guiada, que se engloba dentro del proyecto "Diálogo desde las Artes", llevado a cabo a través del DEAC del Centro Atlántico de Arte Moderno (CAAM) y de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico del Cabildo de Gran Canaria.

El objetivo de este taller es intentar conseguir una mayor interacción entre el arte y las actividades con niños y adultos, como un elemento necesario para el desarrollo personal y educacional del individuo.

viernes, 20 de febrero de 2009

Más unidades de productos

Transferencia térmica






Lona




Fotopolímeros




Cartelería










Almanaque



viernes, 6 de febrero de 2009

Formación laboral

El pasado lunes 2 de febrero dio comienzo el Módulo Formativo Formación Laboral. Tendrá una duración de 60 horas que serán repartidas en las fases III y IV (30 horas cada fase) del proyecto.
El objetivo general de dicho módulo formativo es:
  • Dotar a los/as alumnos/as trabajadores/as de una serie de habilidades y conocimientos que les permitan desenvolverse de forma autónoma en el mundo laboral.

A lo largo de esta fase III, se trabajarán las siguientes Unidades de Competencias:

  • Mercado de trabajo y entorno laboral.
  • Sector de la rotulación.
  • Posibilidades de empleo por cuenta propia y por cuenta ajena.
  • Realización de un itinerario de inserción profesional.
  • La búsqueda de empleo.

Este módulo se llevará a cabo a través de una metodología activa, participativa, que incite a la reflexión y cercana lo más posible a la realidad laboral.

viernes, 23 de enero de 2009

Prevención de riesgos laborales: EL PREVENCIONISTA

Los/as alumnos/as trabajadores/as de esta Escuela Taller adquieren, a través de la metodología de trabajo que ponemos en práctica desde la fase anterior, SIMULACIÓN DE EMPRESA, experiencias, habilidades y actitudes necesarias para crear una cultura preventiva, designando la figura del prevencionista que es el responsable de velar por que se cumpla las normas de seguridad e higiene.
El puesto de trabajo al que se ha asignado las funciones y tareas del prevencionista, es el operario de almacén. Por tanto, además de desempeñar las funciones y tareas propias de su puesto de trabajo, será el responsabe en materia preventiva.
Las funciones del prevencionista serán las siguientes:
  • Realizar el seguimiento y velar por el cumplimiento del plan de prevención de riesgos laborales.
  • Coordinarse con el servicio de prevención, si fuera necesario.
  • Coordinarse con el equipo directivo para valorar el seguimiento del plan de prevención de riesgos laborales.

Las tareas que corresponde al responsable en materia preventiva serán:

  • Supervisar si los riesgos están controlados, mediante la observación diaria del trabajo.
  • Apoyar las diferentes actividades preventivas que se establezcan.
  • Promover actuaciones preventivas básicas, como el orden, limpieza…
  • Efectuar el seguimiento y control de las actuaciones preventivas básicas.

Las habilidades, que se consideran, debe tener el prevencionista de la Escuela Taller "Rotulación e Impresión Digital" son las siguientes: seriedad y rigor, seguridad personal, competencia social, comunicación interpersonal, resolución de problemas.

Entre las actitudes que debe tener el prevencionista cabe destacar el trabajo en equipo, responsabilidad, coherencia e iniciativa propia.

viernes, 9 de enero de 2009

Plan de Inserción Laboral

En anteriores artículos, se ha comentado que nuestro proyecto pretende que se adquieran, además de una formación profesional, competencias profesionales y sociales, actitudes y hábitos de trabajo adecuados a través de una experiencia formativa para adaptar al trabajador/a al puesto de trabajo, mediante el apoyo, ayuda y seguimiento de los formadores.
Para conseguir la adquisición de competencias, actitudes y hábitos laborales, así como los conocimientos necesarios para una correcta búsqueda de empleo, se ha elaborado un Plan de Inserción Laboral, que se consta de tres partes: Formación laboral, Promoción y Simulación de empresa.
Este plan se ha realizado teniendo en cuenta:
  • Las características de los/as alumnos/as trabajadores/as.
  • Las demandas del sector empresarial en rotulación.
  • La evaluación inicial de competencias personales y sociales, actitudes, hábitos e información necesaria para poder localizar las áreas de búsqueda de empleo y conservación del mismo.
Ya hemos explicado anteriormente en qué consiste la Simulación de empresa y qué elementos utilizamos para promocionar la Escuela Taller.
En cuanto a la Formación Laboral, a partir de estas dos últimas fases del proyecto, se dedicará especial atención a esta parte del Plan de Inserción, a pesar de que se ha trabajado de forma transversal. Por lo que nos centraremos en la adquisición de contenidos teóricos y prácticos de los siguientes bloques:
  1. Habilidades para el empleo.
  2. Empleo por cuenta ajena.
  3. Autoempleo.

viernes, 26 de diciembre de 2008

viernes, 12 de diciembre de 2008

Unidades de productos


Placas y carteles de señalización




Placas identificativas




Directorios





Carteles informativos

Lonas promocionales

martes, 25 de noviembre de 2008

INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD (Parte II)

2. Modalidad de contrato Temporal de Fomento del Empleo

Ley 43/2006, de 29 de Diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.


2.1. Incentivos
  • 291,66 euros/mes (3.500 euros/año) de la cuota empresarial la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato, con un máximo del 100% de la base de cotización. A tiempo completo o parcial (en proporción a la jornada).

  • Dicha cuantía se aumenta a 4.100 euros anuales (341,66 euros/mes) para personas con un grado de discapacidad del 33% que tengan parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual, y para las personas con discapacidad física y sensorial con más de un 65% de la misma.

  • Si el trabajador tiene en el momento de la contratación 45 o más años, o si se trata de una mujer, la bonificación que corresponda de acuerdo con los párrafos anteriores se incrementará, en ambos supuestos, en 50 euros/ mes (600 euros/año), siendo tales incrementos compatibles entre sí. Es decir, los 3.500 ó 4.100 euros anuales se incrementan en 1.200 euros anuales (100 euros/mes) hasta un total de 4.700 ó 5.300 euros anuales.

  • Cuando el Contrato Temporal de Fomento del Empleo sea a tiempo parcial, las bonificaciones previstas se aplicarán en las siguientes proporciones:
  1. 100% cuando la jornada laboral sea igual o superior a las 3/4 partes de la jornada habitual o a tiempo completo.
  2. 75% cuando sea igual o superior a la mitad de la jornada habitual o a tiempo completo e inferior a las 3/4 partes de dicha jornada.
  3. 50% cuando sea igual o superior a la cuarta parte de la jornada habitual o a tiempo completo e inferior a la mitad de dicha jornada.
  4. 25% cuando la jornada laboral sea inferior al 25% de la jornada habitual o a tiempo completo.
  • Subvención de 901,52 euros por adaptación de puesto de trabajo.
  • Este tipo de contrato podrá transformarse en indefinido gozando de los incentivos para este tipo de contratación.

2.2. Duración del contrato

  • De 12 meses a 3 años, a tiempo completo o a tiempo parcial.
  • Cuando se concierten por un plazo inferior al máximo establecido podrán prorrogarse antes de su terminación por periodos no inferiores a 12 meses.

3. Contrato para la Formación

Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

3.1. Incentivos

  • Reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
  • Si el contrato formativo se transforma en indefinido gozará de una bonificación de 41,67 euros/mes (500 euros/año) durante 4 años.

3.2. Duración del contrato/retribución

  • De 6 meses a 2 años a tiempo completo (salvo que el convenio colectivo de ámbito sectorial fije otras duraciones distintas que en ningún caso no podrá exceder de 4 años).
  • Retribución: La fijada en Convenio. No inferior al SMI en función del trabajo efectivo. Trabajador menor de 18 años no inferior al 85% del SMI.

4. Contrato en prácticas

Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

4.1. Incentivos

  • Reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

4.2. Duración del contrato/retribución

  • De 6 meses a 2 años a tiempo completo (salvo que el convenio colectivo de ámbito sectorial fije otras duraciones distintas que en ningún caso no podrá exceder de 4 años).
  • Retribución: Fijada en Convenio. En su defecto no inferior al 60% o 75% del salario de convenio (1º o 2º año de vigencia del contrato). En ningún caso inferior al SMI.

martes, 4 de noviembre de 2008

INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD (Parte I)

MODALIDAD DE CONTRATO

1. Contrato Indefinido Ordinario
Bonificaciones y subvenciones: Ley 43/2006, de 29 de Diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo (a partir del capítulo 1).

1.1. Incentivos
  • Bonificaciones de 375 euros/mes (4.500 euros/año) de la cuota empresarial a la Seguridad Social por trabajador contratado o por transformación de contrato de fomento de empleo de persona con discapacidad o de contrato formativo, durante toda la vigencia del contrato, con un máximo del 100% de la base de cotización. A tiempo completo o parcial (en proporción a la jornada).
  • Dicha cuantía se aumenta a 5.100 euros anuales (425 euros/mes) para las personas con discapacidad con un grado de la misma del 33 % que tengan paralisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual, y para las personas con discapacidad física y sensorial con más del 65 % de la misma.
  • Los 4.500 ó 5.100 euros anuales se incrementan en otros 1.200 euros anuales (100 euros/mes) para personas mayores de 45 años (hasta un total de 5.700 o 6.300 euros/año).
  • Los 4.500 o 5.100 euros anuales se incrementan en otros 850 euros anuales (70,83 euros/mes) para las mujeres (hasta un total de 5.350 ó 5.950 euros/año).
  • Los dos últimos incrementos son incompatibles, es decir, una mujer mayor de 45 años sólo disfruta del incremento de 45 años (el mayor).
  • Cuando el contrato indefinido o la transformación de temporal a indefinido sea a tiempo parcial las bonificaciones previstas se aplicarán en las siguientes proporciones:
  1. 100% cuando la jornada laboral sea igual o superior a las 3/4 partes de la jornada habitual o a tiempo completo.
  2. 75% cuando sea igual o superior a la mitad de la jornada habitual o a tiempo completo.
  3. 50% cuando sea igual o superior a la cuarta parte de la jornada habitual o a tiempo completo e inferior a la mitad de dicha jornada.
  4. 25% cuando la jornada laboral sea inferior al 25% de la jornada habitual o a tiempo completo.
  • Bonificación de 266,67 euros/mes (3.200 euros/año) por contratación de trabajador con discapacidad con especiales dificultades, procedentes de un enclave laboral, durante toda la vigencia del contrato, con un máximo del 100% de la base de cotización. A tiempo completo o parcial (en proporción a la jornada).
  • Subvención de 3.907 euros (el primer año) al comienzo del contrato. Se modulará para los contratos indefinidos a tiempo parcial en función de la jornada.
  • Hasta 6.000 euros de deducción en el Impuesto de Sociedades, por una sola vez (el primer año), por persona/año de incremento promedio de la plantilla de trabajadores discapacitados, contratados por tiempo indefinido, respecto a la plantilla media de trabajadores discapacitados del ejercicio inmediatemante anterior con dicho tipo de contrato.
  • Subvención de 901,52 euros por adaptación de puesto de trabajo.

1.2. Duración del contrato

  • Indefinido, a tiempo completo o parcial.
  • Obligación de mantener la estabilidad en el empleo al trabajador con discapacidad contratado durante al menos tres años (salvo cese voluntario). Si hay despido, debe ser sustituido por otro trabajador con discapacidad, beneficiándose sólo de la bonificación de la cuota de Seguridad Social.